El Tribunal Supremo está ratificando las sanciones que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso en 2015 a 34 marcas de coches por haber creado un cártel en España. Fueron acusados de, mediante un acuerdo, haber intercambiado información confidencial para controlar el mercado de la distribución y venta, lo que iba en contra de la competencia y de los consumidores, ya que los fabricantes implicados suponen un 90% de la cuota del mercado del motor.
Quiénes están afectados por este cártel?
Son afectados por el cártel de coches y, por tanto, pueden reclamar indemnización, todas aquellas personas que adquirieron un vehículo ya fuese por compra, leasing o renting entre los años 2006 y 2013, de cualquiera de las marcas que conforman el cártel de los coches. No solo afecta a particulares sino a autónomos y empresas también.
Si compraste el coche en estas fechas eres un afectado por el cártel y puedes reclamar la indemnización correspondiente aunque lo hayas vendido posteriormente
Qué indemnización me corresponde por el cártel de vehículos?
Aunque el sobrecoste depende del vehículo y el modelo comprado, se estima que las indemnizaciones pueden alcanzar entre un 10% y un 15% del precio del vehículo adquirido.
Cómo es el proceso de reclamación de la indemnización por el cártel y soy uno de los afectados?
Lo que se reclama es el sobrecoste sufrido por cada comprador, cuyo resarcimiento se reclama en demanda judicial que debe ir acompañada de un indispensable informe pericial, que cuantificará el sobrecoste sufrido y por tanto la indemnización a reclamar. Esta demanda ha de presentarse en el Juzgado de lo Mercantil.
El plazo de prescripción es de un año según lo previsto en el art. 1968 del Código Civil, que comenzó a contar desde la sentencia del Tribunal Supremo. Este plazo es susceptible de ser interrumpido, así que el tiempo para iniciar la reclamación es clave.
Qué necesitamos para comprobar si te corresponde indemnización?
Para estudiar la reclamación y comprobar si corresponde reclamar la indemnización que te corresponde nos tienes que aportar la siguiente documentación:
- Contrato de adquisición del vehículo con el concesionario/distribuidora (leasing, renting, compra-venta)
- Factura de adquisición del vehículo (si se compró) o justificante de pago (transferencia bancaria) o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting.
- Ficha técnica del vehículo
- Permiso de circulación del vehículo