Quién puede hacer las prácticas no laborales?
-Personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo
-Edad entre 18 y 25 años
-Con titulación oficial:
- Universitaria
- Formación profesional media o superior
- Formación profesional artística o deportiva
- Certificado de profesionalidad
-No puede haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional de más de 3 meses en la misma actividad (excluida prácticas curriculares y extracurriculares de la universidad)
Qué objetivo tienen las prácticas no laborales?
Su objetivo, según la normativa, es lograr la inserción laboral de jóvenes con titulación pero sin experiencia.
Que documentación necesita una empresa para formalizar unas prácticas laborales?
- Suscribir un convenio con el Servicio de Empleo correspondiente (en Murcia, el SEF), donde constará, al menos:
- Contenido de las prácticas y la formación
- Duración de las prácticas (máximo 9 meses)
- Sistemas de evaluación y tutorías.
- Acuerdo de la empresa con la persona que realiza las prácticas (alumno), que incluirá como mínimo la siguiente información.
- Contenido concreto de las prácticas
- Duración de las máximas
- Jornada y horarios
- Centro de trabajo donde se llevarán a cabo
- Sistema de tutorías
- Certificado por la realización de las prácticas
Cuanto pueden durar las prácticas no laborales?
Entre 3 y 9 meses
Qué características tienen las prácticas no laborales?
- Deben contribuir a completar la formación alcanzada
- Deben estar dirigidas y supervisadas por un tutor de la empresa
- Las condiciones particulares se recogen en el convenio y el acuerdo.
La empresa debe expedir algún certificado o reconocimiento al alumno?
La empresa, en colaboración con los servicios públicos de empleo, entregará un certificado en el que constarán las prácticas realizadas, los contenidos formativos, su duración y el periodo en el que se han llevado a cabo.
Qué ventajas económicas tiene para la empresa?
Podrán incluir en el convenio un compromiso de contratación de los jóvenes que han realizado las prácticas no laborales, lo que les dará derecho a una subvención que compense los gastos derivados de las acciones de tutoría y evaluación.
Qué condiciones económicas tiene el alumno/a?
- Beca de apoyo de, mínimo, el 80% del IPREM vigente (en el 2016 el IPREM es el mismo que en 2015, esto es 532,51€, por lo que el 80% será 426,01€)
- Cotización a la Seguridad Social con cuota única mensual de 41,01 € (corresponden a la empresa 30,67€ por contingencias comunes y 6,12€ por el mismo concepto a cargo del alumno becado, además, la empresa cotiza otros 4,20€ por contingencias profesionales).
- No existe obligación de cotizar por la contingencia de desempleo (no estamos ante una relación laboral ni contrato de trabajo), así como tampoco al Fondo de Garantía Salarial, ni por Formación Profesional.